“Solo el hombre que tiene suficiente bondad en sí mismo para sentir la justicia de la pena puede ser castigado.”

William Ernest Hocking
William Ernest Hocking

Filósofo idealista estadounidense vinculado a la Universidad de Harvard que continuó la obra de su maestro Josiah Royce, buscando integrar el idealismo con el empirismo, el naturalismo y el pragmatismo y proponiendo que la metafísica haga inducciones a partir de la experiencia.

1873 – 1966

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Significado

Moralidad como condición de la sanción

La frase plantea que la eficacia moral del castigo depende de una sensibilidad interior: solo quien posee cierta bondad —una conciencia que reconoce la corrección del reproche— puede experimentar la pena como justicia. Si la persona carece de esa disposición, la sanción deja de ser una respuesta ética y se convierte en coerción física o social sin resonancia moral. Así, el castigo deja de dialogar con la responsabilidad y pasa a ser mera imposición.

Contexto y consecuencias para la justicia penal

William Ernest Hocking, pensador norteamericano del siglo XX, ubicó la cuestión en el terreno de la ética social: entender la pena como acto comunicativo y formativo. La idea obliga a replantear fines punitivos: cuando falta la capacidad moral, quizás correspondan medidas orientadas a la protección y la terapia antes que a la retribución. También plantea preguntas sobre imputabilidad, dignidad y el propósito real de las instituciones que administran sanciones.

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